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Desde este lunes se puede presentar en las oficinas de Hacienda la declaración de la renta

  • Se puede solicitar cita previa hasta el 29 de junio
  • El plazo para presentar la declaración finaliza entre el 25 y 30 de junio
  • Hacienda ha devuelto 1.711 millones, un 49% más que un año antes

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Desde este lunes se puede presentar en las oficinas de Hacienda la declaración de la renta

A partir del lunes 11 de mayo los contribuyentes que lo deseen podrán acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria (AEAT) para presentar la declaración de la renta de 2014. Para ello, la AEAT habilitó el servicio de cita previa el pasado miércoles 6, que se prolongará hasta el 29 de junio.

La campaña de renta y patrimonio de 2014, que se inició el 7 de abril, terminará el 25 de junio para el caso de declaraciones con resultado a ingresar en las que el pago se efectúe por domiciliación bancaria, y el 30 de junio en el resto de supuestos a ingresar y en todos cuyo resultado sea a devolver.

Para realizar la declaración del IRPF se puede pedir cita por internet en la página de la AEAT o llamando al 901 22 33 44 (de lunes a viernes de 9.00 a 19.00).

Hacienda devuelve un 49% más

Hasta la fecha, más de 4,6 millones de contribuyentes han presentado ya su declaración, lo que supone un incremento del 19% respecto a la campaña de 2013.

Según ha informado la Agencia Tributaria, ya se han devuelto 1.711 millones de euros a 2,9 millones de contribuyentes, un incremento del 49% respecto a lo que se había devuelto en estas mismas fechas el año pasado.

Hacienda ha detectado una sensible aceleración en las devoluciones gracias al uso de internet,  con un aumento del 65%, aunque las declaraciones a ingresar también han aumentado un 34%.

En todo caso, en esta campaña de 2014 Hacienda prevé devolver el 0,95% menos que hace un año hasta alcanzar un importe de 10.550 millones.

Quién debe presentar la declaración

Están obligados a presentar la declaración todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales, siempre que procedan de un solo pagador o si existen varios pagadores, siempre que la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto los 1.500 euros.

No tendrán que presentar declaración quienes hayan obtenido en 2014 rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

En cualquier caso, aunque no estén obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración para obtener su devolución.