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El Gobierno aprueba el decreto de convocatoria de las elecciones municipales del 24 de mayo

  • El real decreto se publicará en el Boletín Oficial el Estado el 31 de marzo
  • Podrán votar en las municipales más de 34,6 millones de ciudadanos

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Una mujer introduce en la urna su sobre electoral en las últimas elecciones municipales.
Una mujer introduce en la urna su sobre electoral en las últimas elecciones municipales.

El Consejo de Ministros, presidido por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha aprobado este viernes el real decreto de convocatoria para el 24 de mayo de las elecciones municipales y a las asambleas de Ceuta y Melilla.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha informado de la aprobación del real decreto, que se expedirá el lunes día 30 de marzo y se publicará en el Boletín Oficial el Estado (BOE) el martes 31, fecha a partir de la cual empezarán a contar todos los plazos previstos para este proceso.

Los partidos, coaliciones y agrupaciones que pretendan concurrir a esos comicios tendrán de plazo hasta el 20 de abril para la presentación de las correspondientes candidaturas, y la campaña electoral se desarrollará desde el 8 hasta el 22 de mayo.

Coincidiendo con la publicación del real decreto en el BOE, se abrirá el plazo para pedir el voto por correo.

El mismo día habrá igualmente elecciones autonómicas en trece comunidades -todas excepto Cataluña, País Vasco, Andalucía y Galicia-, pero la convocatoria de las mismas es competencia de los correspondientes gobiernos regionales.

Más de 34,6 millones de ciudadanos llamados a las urnas

Un total de 34.634.572 ciudadanos españoles podrán votar en los comicios municipales, a los que también están convocados 463.765 extranjeros residentes en España que tienen derecho a votar en elecciones locales.

En concreto, son los ciudadanos nacionales de países de la UE y de aquellos con los que España tiene acuerdos de reciprocidad sobre participación en las elecciones municipales: Noruega, Ecuador, Nueva Zelanda, Colombia, Chile, Perú, Paraguay, Islandia, Bolivia y Cabo Verde, países a los que para 2015 se han sumado Corea y Trinidad y Tobago.

No pueden votar en esas elecciones municipales los españoles residentes en el extranjero debido al cambio de la legislación electoral aprobado en 2011.

De ese modo, los 917.694 electores del censo de residentes en el exterior que han solicitado votar sólo podrán hacerlo en las elecciones autonómicas y a las asambleas de Ceuta y Melilla.

Se han inscrito como electores en el censo de residentes en el extranjero, españoles que viven en 175 países, en especial en Argentina (147.442), Francia (105.109), Venezuela (99.281), México (65.520) y Alemania (50.973).

Comicios en trece comunidades

En los trece comicios autonómicos,  podrán votar, además de los residentes en el extranjero, 19.042.253 residentes en España.

El censo vigente para las elecciones es el cerrado el 1 de enero de 2015, que se corresponde a las inscripciones en los padrones municipales y en los registros de matrícula consular a fecha 30 de diciembre de 2014.

Las rectificaciones podrán ser efectuadas únicamente mediante la presentación de reclamaciones en los ayuntamientos y en los consulados durante el período de consulta de las listas electorales, entre los días 6 y 13 de abril.