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El TSJC rechaza los recursos de Mas, Ortega y Rigau contra las querellas por la consulta del 9N

  • El TSJC admitió a trámite varias querellas por presunta desobediencia
  • El presidente, la vicepresidenta y la consellera de Educación recurrieron

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El TSJ de Cataluña ve indicios de desobediencia en el presidente de la Generalitat, Artur Mas.
El presidente de la Generalitat, Artur Mas, en una imagen de archivo.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado los recursos del presidente de la Generalitat, Artur Mas, la vicepresidenta, Joana Ortega, y la consellera de Enseñanza, Irene Rigau, contra la admisión a trámite de las querellas abiertas contra ellos por su presunta desobediencia al posibilitar la consulta alternativa del 9N.

La investigación sobre el 9N continúa, ya que estos autos no se pueden recurrir y ahora se acumularán en una sola causa para poder empezar con la fase de instrucción.

La decisión de la sala civil y penal del TSJC, que ya es firme, comporta a la práctica el inicio de la instrucción del caso, que dirigirá el magistrado Joan Manel Abril, lo que implica además la acumulación en una misma causa de todas las querellas presentadas por el 9N.

En los autos, el TSJC ve "prematuro" que Mas, Ortega y Rigau pidieran el archivo de la causa, así como "irrelevantes" algunos de sus argumentos exculpatorios, al considerar que no se podrá resolver si desobedecieron al Tribunal Constitucional hasta que concluya "la correspondiente instrucción penal".

En opinión del tribunal, "no se inicia un proceso porque se sea responsable de un delito, sino para poder determinar con garantías si se es o no responsable", por lo que la admisión a trámite de las querellas por el 9N supone solo "un presupuesto imprescindible para la averiguación, comprobación y determinación, con las debidas garantías, de la responsabilidad penal".

El TSCJ rechaza ampliar la investigación

El TSJC rechaza también el recurso presentado por la acusación popular ejercida UPyD para que se ampliara la investigación por el 9N a los días previos al 4 de noviembre, fecha en que el TC suspendió la consulta alternativa, un argumento al que también se había adherido la Fiscalía.

Pese a desestimar ese motivo de recurso, el TSJC comparte el planteamiento de UPyD y recuerda que el auto que admitía a trámite la querella "no ha limitado la investigación judicial" a los hechos comprendidos entre los días 4 y 9 de noviembre, "sino que deben ser relacionados con los precedentes".

Al admitir las querellas, insiste el TSJC en sus autos, "se ha limitado a compartir el juicio apriorístico y meramente provisional de tipicidad", sin excluir tanto la posibilidad de que los hechos investigados no constituyan delito como "la existencia de conductas penalmente relevantes que se hubieran cometido o comenzado a cometer con anterioridad a dichas fechas (...)".

En relación a otro de los motivos del recurso de UPyD, que pedía que se investigara también al conseller de Interior, Ramon Espadaler, la sala cree que "no podría serle reprochada la omisión del deber de perseguir delitos, siendo que su competencia era el inexcusable mantenimiento del orden público que debía preservarse y del que asumía su competencia".

Rechaza plantear cuestión de inconstitucionalidad

El TSJC ha vuelto a rechazar que la investigación se amplíe a la presidenta del Parlament, Núria de Gispert, y a los miembros de la Mesa de la Cámara catalana -los diputados Anna Simó, Lluís Corominas, Josep Rull y David Companyon-, como le había solicitado UPyD.

En ese sentido, la sala reitera que la inclusión en el orden del día de votación del Parlament de la designación de los componentes de la Comisión de Control del 9N "no puede tipificarse como delito de desobediencia a las resoluciones judiciales".

También ha desestimado la pretensión de UPyD de que se plantee una cuestión de inconstitucionalidad al entender que el derecho a la tutela judicial de los aforados investigados queda limitado por la imposibilidad de recurrir ante otra instancia superior.

Para el alto tribunal, "no procede el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, ajustándose a la Constitución Española la imposibilidad de recurrir en apelación".

Denuncias por la consulta del 9N

El pleno de la sala civil y penal del TSJC acordó admitir a trámite todas las denuncias y querellas vinculadas a hechos relativos a la presunta desobediencia de la resolución del Tribunal Constitucional, del 4 de noviembre de 2014, así como a todo los hechos relacionados directa o indirectamente.

El presidente Artur Mas, la vicepresidenta Joana Ortega y la consellera Irene Rigau presentaron sus recursos de súplica el 15 de enero, y los tres coincidían en negar la relevancia penal de sus actuaciones.

La Fiscalía había pedido al TSJC rechazar estos recursos, y además ampliar el marco temporal de la investigación a un tiempo antes de la propia consulta del 9N, "dada la complejidad de los hechos sometidos a investigación".