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El juez Andreu impone fianzas de 4,3 millones a 21 imputados por las tarjetas opacas de Caja Madrid

  • "Deberían haber sabido para qué y cómo debían hacer uso de los fondos"
  • La más alta, la de José Antonio Moral Santín, que asciende a 610.000 euros
  • La más baja es la que ha impuesto a Virgilio Zapatero: 11.000 euros
  • El magistrado advierte que, de no pagarlas, se les embargarán los bienes

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El juez Andreu impone fianzas de 4,3 millones a 21 imputados por las tarjetas opacas de Caja Madrid

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha impuesto fianzas por un total de 4,3 millones de euros para 21 de los consejeros que declararon hace unos días en calidad de imputados por el uso de las tarjetas opacas de Caja Madrid para cubrir las posibles responsabilidades que puedan declararse de esta causa.

Las cantidades fijadas oscilan entre los 11.000 euros impuestos a Virgilio Zapatero hasta los 610.000 que fija para José Antonio Moral Santín. El juez, que recoge en parte la petición de la Fiscalía, advierte a todos que de no depositar dichas fianzas se procederá al embargo de sus bienes hasta cubrir la suma. El auto no es firme y contra él puede interponerse un recurso en el plazo de tres días.

El magistrado califica en el auto a las visas como 'tarjetas de empresa', descarta que fueran un complemento a su retribución y subraya que los consejeros decidieron utilizarlas "generando, en provecho propio, un perjuicio a la entidad que administraban". De esta forma, tipifica estas conductas como un delito continuado de administración desleal, aunque incluye la posibilidad alternativa de considerarlas como apropiación indebida.

Andreu se apoya en el "contundente" testimonio del exconsejero delegado de Bankia Francisco Verdú, que la rechazó la por estimar que se trataba de una "mala praxis", para concluir que los imputados "pudieron y debieron haber puesto de manifiesto esta práctica a fin de evitar la misma (...) pues esta supervisión y control estaba entre sus atribuciones".

Según el juez, la emisión de dichas tarjetas respondía única y exclusivamente a los gastos derivados de las labores propias de un consejero, pero los imputados usaron esas visas en fines de semana o festivos, en artículos de lujo y otros productos que "en ningún caso pueden corresponder a gastos de representación".

Responsabilidad de los consejeros imputados

En su auto, el magistrado subraya que las explicaciones dadas en la Audiencia Nacional sobre el uso de las tarjetas "son tantas como el número de consejeros que han declarado".

En cualquier caso, Andreu señala que, "con independencia de las instrucciones verbales que les pudiera facilitar la persona encargada de la entrega física de la tarjeta, los citados consejeros debieran haber sabido, pudieron haber sabido y hubieran tenido la obligación de saber para qué y cómo debían hacer uso de los fondos que, a través de las mencionadas tarjetas de crédito, se les entregaban".

Los consejeros debieran haber sabido, pudieron haber sabido y hubieran tenido la obligación de saber para qué y cómo debían hacer uso de los fondos

Fernando Andreu considera "del todo punto evidente" que no se trataba de "ningún tipo de retribución o complemento retributivo pues hacerlo con unas tarjetas entregadas de forma discrecional escapa a las normas del sentido común y de la lógica empresarial", por lo que no cabe imputar a este concepto las cantidades cargadas. En este sentido, el juez recuerda que no existe justificación "ni de soporte contractual o funcional" que contemple este concepto como retributivo.

Por este motivo, y sobre la base de las diligencias practicadas, el magistrado entiende que existen "méritos suficientes" como para calificar a las citadas tarjetas de crédito "como a lo que, en el mundo empresarial, se conoce como 'tarjetas de empresa'", aquella que facilita la empresa a sus empleados a fin de que los mismos no tengan que adelantar de su peculio los gastos originados por el ejercicio propio su puesto de trabajo o cargo. Al menos este fue su origen, en 1995.

Las tarjetas se crearon en 1995

En su auto, el magistrado se remonta a la reunión del consejo de administración de Caja Madrid de 30 de octubre de 1995, en la que el entonces presidente de la entidad Jaime Terceiro informó al consejo, entre otros asuntos, de la "entrega de tarjetas Visa de empresa a los miembros del consejo y de la comisión de control exclusivamente para gastos de representación".

La emisión de dichas tarjetas -según se explica en el auto- respondía única y exclusivamente para que los consejeros efectuaran los pagos de gastos generados por labores propias como miembros del consejo de administración.

El juez hace constar la explicación que dio Terceiro de los dos controles que existían: cuantitativo y cualitativo; así como que había un tope de 600 euros que los consejeros nunca llegaron a sobrepasar (era de media entre 250 y 300 euros).

El filtro cualitativo lo realizaba el secretario general, a quien se le debían presentar los justificantes de los gastos que demostraran en qué, cuando y como se producía el cargo. El control cualitativo (que no se superase el límite establecido) era función de auditoría interna.

El control sobre las tarjetas cambió con Blesa

Estos filtros cambiaron con el nombramiento de Miguel Blesa como presidente de Caja Madrid en 1996. Desde entonces, según el auto, "el límite cuantitativo de estas 'tarjetas de empresa' fue aumentando con el tiempo" además de "desaparecer por completo el hasta entonces llamado 'control cualitativo'".

Así, pasó a ocurrir que "las tarjetas de crédito les eran entregadas a los Consejeros por quien ocupara el cargo de Secretario General en ese momento, existiendo contradicciones entre los Consejeros que han declarado sobre las instrucciones que se les daba respecto a la finalidad a la que podían destinar los gastos".

Fianzas impuestas

En el auto, el magistrado fija unas cuantías equivalentes a lo que cada uno gastó más el tercio legal. Impone una fianza a José Antonio Moral Santín de 610.000 euros; Estanislao Rodríguez Ponga (341.000 euros); Francisco Baquero (356.000), Antonio Romero (337.000); Ricardo Romero de Tejada (283.000); José María de la Riva (279.000); Ramón Espinar (238.000); Carmen Cafranga (234.000) y Ignacio de Navasqües (210.000).

También para Rodolfo Benito (188.000); Alberto Recarte (187.000); José María Arteta (186.000); Jesús Pedroche (172.000); Mercedes Rojo (160.000); Jorge Gómez (131.000); Gerardo Díaz Ferrán (126.000); Pedro Bedia; (105.000); Luis Blasco (69.000); María Enedina Álvarez (63.000), José Ricardo Martínez Castro (59.000) y Virgilio Zapatero (11.000 euros).

Estas cantidades se vienen a sumar así a los 16 millones que el juez impuso para Miguel Blesa y los 3 millones de Rodrigo Rato el pasado octubre.

En esta causa, por su parte, la Fiscalía Anticorrupción ha informado a favor de archivar de forma provisional la investigación abierta en la Audiencia Nacional sobre la exdirectiva de Caja Madrid María Elena Gil García por cargar 72.500 euros a su tarjeta opaca porque su responsabilidad penal habría prescrito al haber transcurrido más de diez años desde su último movimiento.