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El incierto 'comodín' legal de Artur Mas para la nueva consulta catalana

  • El presidente catalán elude aclarar la ley que sustentará la consulta del 9N
  • Expertos en Derecho Constitucional no ven claro el marco legal al que alude
  • Algunos consideran que volverá a incurrir en inconstitucionalidad y fraude de ley

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Dudas entre expertos constitucionalistas sobre el marco legal de la consulta alternativa de Mas

El presidente de la Generalitat catalana, Artur Mas, ha virado el rumbo de la consulta y ha propuesto un 9N alternativo en el que la consulta soberanista deja de ser la estación principal para ser una de paso, "previa a la definitiva", que se dirige a unas elecciones plebiscitarias.

Mas cambia así las cartas puestas antes por él mismo sobre la mesa con un juego de manos, un malabarismo político difícil de interpretar jurídicamente con el que intenta sortear el veto del Tribunal Constitucional. Y lo es porque deliberadamente no ha aludido al cimiento legal de esta iniciativa, el comodín que no muestra para no facilitar el próximo movimiento a su "adversario", tal y como ha calificado al Estado.

Para apoyar la alternativa planteada este martes, el presidente catalán ha invocado "marcos legales preexistentes" a la ley de consultas, pero no ha aclarado cuáles. Lo que sí ha aclarado es que no firmará ningún decreto, porque si lo hiciera sería un acto administrativo de la Generalitat y, en consecuencia, podría ser recurrido por el Gobierno ante el TC.

Algunos catedráticos y expertos en Derecho Constitucional consultados por Europa Press aventuran que Mas podría estar pensando en ampararse en el Estatuto de Autonomía, que en su artículo 122 establece que la Generalitat tiene "la competencia exclusiva para el establecimiento del régimen jurídico, las modalidades, el procedimiento, la realización y la convocatoria por la propia Generalitat o por los entes locales, en el ámbito de sus competencias, de encuestas, audiencias públicas, foros de participación y cualquier otro instrumento de consulta popular, con excepción de lo previsto en el artículo 149.1.32 de la Constitución", que dice que el Estado tiene competencia exclusiva para autorizar la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum.

Tal y como la ha descrito Artur Mas, la nueva consulta alternativa se parece mucho más a la escenificación de una encuesta masiva o a un simulacro de elecciones, en el que los ciudadanos acuden voluntariamente, se registran y votan en locales -no en colegios electorales- y no ante interventores, sino ante voluntarios. Con la colaboración de los ayuntamientos, en locales de la Generalitat, pero sin intervención oficial del Govern.

Inconstitucionalidad y fraude de ley

Para Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional en la UNED, surgirá un "problema jurídico" si en esta votación que prevé Mas se mantienen las preguntas planteadas hasta ahora, como ya ha anunciado el ministro de Justicia, Rafael Catalá.

Según Gómez, en ese caso "volverá a incurrir en inconstitucionalidad", porque el Estatut deja claro que las consultas nunca podrán superar el marco de las competencias autonómicas, y además será "fraude de ley" porque esas preguntas ya están suspendidas por el TC.

Por otro lado, desde el punto de vista de la rendición de cuentas al ciudadano catalán, la catedrática apunta que Mas podría incurrir en "fraude a la ciudadanía" al apelar a los catalanes a votar "sabiendo que no va a poder conceder aquello sobre lo que está preguntando" porque es una cuestión sobre la que "no tiene ningún control".

"Una instrumentalización del voto es lo más grave que puede hacer un dirigente o una formación política", ha afirmado.

Joan Queralt, catedrático de la Universidad de Barcelona, tampoco tiene claro en qué se basa el presidente catalán, aunque ha apuntado como posibles opciones la Ley de Consultas de 2010, "alguna disposición directa" del Estatuto de Autonomía, la Ley de Presidencia de la Generalitat y del Gobierno de 2008, "alguna norma general del Estado" o incluso normativa internacional.

Indefinición que no aporta "seguridad jurídica"

Para Ángel Sánchez Navarro, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid, basar la consulta alternativa en la Ley de Consultas de 2010 no es suficiente, porque esta limita las posibles consultas o encuestas al ámbito de competencia de la comunidad, y los titulares del poder público "solo pueden hacer lo que la ley les permite".

Sánchez Navarro critica que la estrategia de indefinición calculada de Mas entorpece de hecho la "seguridad jurídica" que debe ofrecer el ordenamiento jurídico.

Rafael de Agapito, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Salamanca, también señala la "ambigüedad" de Mas y afirma categóricamente que "no hay ninguna fórmula" que el presidente catalán pueda utilizar. De hecho, en su opinión, el líder de CiU "está rozando la no sujeción al ordenamiento jurídico", aunque augura que finalmente elegirá convertirse en un "mártir de la causa".

En ese sentido, Queralt cree que Mas "desea que le impugnen". "Puede convocar las convocatorias que quiera y se las irán tumbando", porque esto es "el juego del ratón y el gato".