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Canarias aprueba dos decretos que regulan la consulta sobre prospecciones petroleras

  • El Ejecutivo canario quiere hacer la consulta antes del 30 de noviembre
  • Cuenta con el respaldo jurídico "unánime" del Consejo Consultivo

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Imagen de archivo del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, facilitada por el Gobierno canario
Imagen de archivo del presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero.

El Gobierno de Canarias ha aprobado este jueves dos decretos que regulan la consulta sobre las prospecciones en busca de hidrocarburos en aguas cercanas a Lanzarote y Fuerteventura, por lo que se mantiene invariable la "hoja de ruta" del Ejecutivo regional y su intención de realizar la pregunta antes del 30 de noviembre.

Así lo ha manifestado este jueves el portavoz de la Administración Autonómica, Martín Marrero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, en la que hizo especial hincapié en que los dos textos cuentan con el respaldo jurídico "unánime" del Consejo Consultivo.

En concreto, se ha aprobado el decreto que regula la organización y funcionamiento del Registro de Participación Ciudadana y el decreto que regula las consultas a la ciudadanía en asuntos de interés general del archipiélago.

"Con estos dos decretos concluye la parte normativa para la realización de consultas. Esa primera parte está terminada con absoluta certeza y aval de legalidad" ha dicho el portavoz, que añade que aún queda la aprobación de otros dos decretos.

El decreto regula la opinión presencial y telemática

El decreto que regula las consultas prevé dos fórmulas para la emisión de opiniones: la presencial y la telemática.

Aquí, la opinión emitida por cada ciudadano e entidad jurídica que quiera participar telemática o presencialmente en el proceso será secreta y existirán herramientas específicas para garantizar que sólo se emita una opinión por persona, ya sea física o jurídica.

En cuanto a las personas que podrán emitir su opinión, el decreto de consultas establece para las personas físicas como requisito de edad que tengan al menos 16 años, pudiendo rebajar esta edad hasta los 14 para consultas vinculadas a asuntos relativos a Juventud, en aplicación de lo establecido en la Ley Canaria de Juventud.