Enlaces accesibilidad

El Gobierno permitirá rescatar los planes de pensiones a partir de los 10 años

  • Los importes no podrán hacerse líquidos antes del 1 de enero de 2025
  • La comisión de gestión de un plan de pensiones baja al 1,75%
  • Se reduce de 10 a 5 años la duración mínima de los planes de ahorro

Por

El Consejo de Ministros ha introducido medidas que permitirán rescatar los fondos de pensiones a los 10 años y abaratar sus comisiones.

El nuevo IRPF incluye un nuevo supuesto de liquidez para los planes de pensiones, junto a los actualmente existentes de enfermedad grave y desempleo de larga duración. En concreto, se podrá disponer de los derechos correspondientes a aportaciones hechas a partir del 1 de enero de 2015 una vez que estas tengan 10 años de antigüedad. Los importes no podrán hacerse líquidos antes del 1 de enero de 2025.

Este régimen de liquidez se aplicará a los planes de pensiones individuales, asociados y de empleo. Y también a los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial (si el supuesto está previsto) y a los contratos de seguros suscritos con Mutualidades de Previsión Social que reducen la base imponible del IRPF.

Los derechos económicos obtenidos así tributan en el IRPF del beneficiario como rendimientos del trabajo, integrándose en la base general en su totalidad. Se excluyen las prestaciones en forma de capital correspondientes a aportaciones realizadas con anterioridad a 1 de enero de 2006, que tendrán una reducción del 40%.

Bajan las comisiones

El real decreto reduce la comisión máxima de gestión del 2,5% al 1,75% lo que va a beneficiar a 4,5 millones de participes con un ahorro de 121 millones de euros anuales. La comisión máxima de depósito se reduce del 0,5% al 0,25% sobre la cuenta de posición del plan de pensiones. Los nuevos límites entrarán en vigor dos meses después de la publicación en el BOE.

La norma aumenta la transparencia a través del documento de datos fundamentales que preceptivamente recibe el partícipe antes de contratar un plan de pensiones individual. Debe detallar todas las inversiones de los fondos de pensiones al cierre de cada ejercicio y la rentabilidad del fondo en los últimos 20 años.

También deberá facilitarse el acceso a la información a través del sitio web de la gestora o su grupo. Mejorará la comunicación previa de riesgos al partícipe para que conozca de antemano, entre otros asuntos, que los planes de pensiones son ilíquidos (o con liquidez limitada), no garantizan rentabilidad, salvo la externa, y que el riesgo de la inversión es de los partícipes y beneficiarios.

El Gobierno reduce de 10 a 5 años la duración mínima de los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS).

Otras medidas aprobadas sobre el sector asegurador

El Consejo de Ministros obliga a informar de la rentabilidad esperada, que se calculará como el tipo de interés que iguala las primas que el tomador paga con el importe que espera recibir. Esto facilitará la comparación de productos entre distintas aseguradoras.

La norma mejora el cálculo actuarial de las provisiones de decesos que hasta ahora se establecía como el 7,5% de las primas anuales, sin tener en cuenta la edad del asegurado. Las compañías tendrán 20 años de periodo de adaptación para regularizar el déficit.

Las compañías de seguros podrán invertir en la financiación de la construcción y adquisición de buques, conocida como tax lease, lo que permitirá una mayor diversificación de las carteras de activos de las entidades aseguradoras.