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El TSJA dictamina que la licencia del hotel El Algarrobico, en Almería, es legal

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El TSJA dictamina que la licencia del hotel El Algarrobico, en Almería, es legal

La licencia municipal de obras concedida en 2003 para construir el hotel en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería),"se otorgó conforme al planeamiento urbanístico existente".

Así lo ha dictaminado la Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que estima los recursos de Ayuntamiento de Carboneras y empresa promotora Azata el Sol contra el fallo del juez de Almería, Jesús Rivera, que ordenó en 2008 la revisión de oficio de esa licencia al estimar que el hotel invadía el dominio público marítimo terrestre y se levantaba sobre suelo no urbanizable de especial protección.

Este mismo tribunal ya declaró ese suelo como urbanizable en una sentencia del pasado 25 de marzo.

Por otra parte, el Tribunal Supremo dictaminó en 2012 y de manera definitiva que el hotel viola le Ley de Costas e invade de manera parcial la zona de servidumbre del dominio marítimo-terrestre.

"Indefensión" a las partes demandadas

La sentencia hecha pública este miércoles por el alto tribunal andaluz sostiene que la resolución de Jesús Rivera causa indefensión a las partes demandadas al "no haber resuelto de forma congruente y motivada sus argumentos contra la revisión de oficio, ni la denuncia del Ayuntamiento de que las asociaciones ecologistas no habían aportado los documentos que exige la Ley para interponer demandas contencioso administrativas".

La sentencia decide "el fondo del asunto", y resolviendo sobre las distintas demandas contra la licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento de Carboneras, el Tribunal Superior acuerda declarar "inadmisibles" los recursos interpuestos en nombre de la Asociación Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense, así como en nombre de la asociación "Federación Provincial Ecologistas en Acción-Almería".

La causa de la inadmisión es que quienes comparecieron en nombre de estas asociaciones ecologistas, no acreditaron que existiera un previo acuerdo del órgano competente de las respectivas asociaciones que asumiera la decisión de interponer las demandas, y el Tribunal explica que es imprescindible dicho acuerdo para actuar válidamente en nombre de una persona jurídica como son estas asociaciones privadas.

El Tribunal declara que la licencia fue otorgada con arreglo al planeamiento urbanístico, ya que este planeamiento había sido aprobado por la propia Junta de Andalucía y por el Ayuntamiento, contando con informes previos y favorables de la Administración del Estado, que como titular de la defensa de las Costas no opuso ningún inconveniente.

La promotora recibe la sentencia con "con optimismo moderado"

El subdirector general de la promotora Azata, José Rodríguez, ha dicho recibir la sentencia con "optimismo y alegría moderadas".

En declaraciones a Efe, Rodríguez ha expresado la "gran responsabilidad" que supone dicha sentencia y ha remarcado que "si es jurídicamente posible, continuarán con el hotel".

"En 2008 se ordenaba la revisión de la licencia, que es lo que hoy anula el TSJA, porque nunca ha existido una orden de derribo", ha incidido el directivo.

Greenpeace pide a la Junta de Andalucía que derribe el hotel

Greenpeace ha recordado a la Junta de Andalucía que ella es propietaria del terreno donde se sitúa el hotel, "y que por ello puede y debe proceder a su derribo de forma inmediata".

A juicio de la organización, la Junta debe ejercer su derecho de retracto sobre el terreno del hotel y salvaguardar la totalidad del sector urbanístico donde se asienta el citado hotel derribando la edificación.

Además subraya la extrañeza que le provoca que esta sentencia haya sido emitida por la Sala Tercera del TSJA, cuando todos los casos relacionados con el hotel ilegal han sido tratados por la Sala Primera de este tribunal.