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La Audiencia suspende la libertad condicional de Bolinaga por el presunto asesinato de un guardia

  • Estaba en libertad condicional por enfermedad desde agosto de 2012
  • Desde la semana pasada está el prisión provisional domiciliaria

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Bolinaga, en agosto de 2013, cuando acudió al hospital para una revisión.
Bolinaga, en agosto de 2013, cuando acudió al hospital para una revisión.

El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha acordado suspender la libertad condicional del etarra Iosu Uribetxevarria Bolinaga, como pedía la Fiscalía, después de que la semana pasada el juez de la Audiencia Ismael Moreno dictara contra él prisión provisional domiciliaria y comunicada como presunto autor el asesinato del guardia civil Antonio Ramos en 1986.

Bolinaga permanecía en libertad condicional desde agosto de 2012 cuando fue excarcelado por el cáncer que padece. La decisión de Castro, adoptada en un auto con fecha de este lunes, no varía la prisión provisional domiciliaria dictada contra uno de los secuestradores del funcionario de prisiones Ortega Lara.

Sin embargo, según explica Servimedia, la suspensión de la libertad condicional lleva aparejada la suspensión del tercer grado penitenciario, por lo que Bolinaga podría acabar entrando próximamente en la cárcel.

Prisión privisional y libertad condicional

Respecto a la suspensión de la libertad condicional del terrorista,  el juez Castro recuerda que nadie puede estar a la vez en libertad condicional y en prisión provisional.

Según este juez, "el Código Penal establece que cuando todas o algunas de las penas correspondientes a las diversas infracciones no puedan ser cumplidas simultáneamente por el condenado, se seguirá el orden de su respectiva gravedad para su cumplimiento sucesivo".

El juez añade que es "imposible que el interno cumpla dos penas privativas de libertad al mismo tiempo" y que "la libertad condicional se cumpla estando en prisión provisional".

La decisión del responsable de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia tiene dos consecuencias. En primer lugar, la clasificación en tercer grado de Bolinaga queda en suspenso, por lo que un cambio de situación en la prisión acordada por Moreno obligaría de nuevo a la reclasificación inmediata del etarra.

En segundo lugar, las reglas de conducta impuestas por el juzgado de vigilancia respecto a Bolinaga quedan sin efecto. En definitiva, la decisión de Castro no modifica la prisión domiciliaria a la que está sometido Bolinaga.