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El juez Castro vuelve a rechazar imputar por blanqueo de capitales a Urdangarin y a Torres

  • Manos Limpias puso un recurso  de reforma sobre la misma decisión
  • El juez Castro cree que no ha habido "cambio sorpresivos" para hacerlo

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El juez instructor del caso Nóos, José Castro,  ha rechazado de  nuevo la petición del sindicato Manos Limpias de citar a declarar a  Iñaki Urdangarin, a su exsocio Diego Torres y a la mujer de éste, Ana  María Tejeiro, por un presunto delito de blanqueo de capitales, tal y  como ha acordado mediante un auto dictado este miércoles. Manos Limpias  sostiene asimismo que habrían lavado los fondos que  supuestamente  habían defraudado antes a la Agencia Tributaria.

El magistrado ha adoptado esta decisión tras desestimar el recurso  de reforma que interpuso la entidad sindical contra la resolución del  pasado 11 de marzo por el que Castro ya declinaba encausar al duque  de Palma, Torres y Tejeiro por este supuesto ilícito,  al considerar que "las leyes penales no pueden tener efectos  retroactivos" y el delito de autoblanqueo no estuvo tipificado como tal  hasta el 22 de junio de 2010.

Además, en el auto de  este miércoles, el juez alega que desde que por primera vez Manos  Limpias solicitase esta imputación no se ha producido ningún "cambio  sorpresivo" que pueda llevarle a citarles.

El propio Torres se opuso a que tanto él como su esposa fuesen  encausados por este motivo, contraponiendo la actuación de Tejeiro al  papel ejercido por la infanta Cristina al frente de Nóos y de la  sociedad de la que es copropietaria junto a su marido, Aizoon, a  través de 71 argumentos.

Sin embargo, Manos Limpias consideraba que los tres imputados son  presuntamente responsables de un delito de blanqueo por cuanto se  lucraron "en su propio beneficio" del dinero que de forma ilícita  obtuvieron de las Administraciones públicas a través del Instituto  Nóos y que posteriormente desviaron a sociedades de su entramado  empresarial.

Dinero que, según la letrada que representa al sindicato, "es  fruto de presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude  fiscal y falsificación documental, entre otros".

Manos Limpias solicitó la imputación en febrero

Manos Limpias solicitó el pasado febrero la imputación de Urdangarin,  Torres y Tejeiro y después de que el juez lo rechazara presentó un  recurso en el que insistía en que consideraba que había indicios de que  los tres habían cometido dicho delito. 

Según el sindicato, la entidad Aizoon, propiedad al 50 % de Urdangarin y la infanta Cristina, compró dos viviendas, un aparcamiento y un trastero en Palma en 2004 y otra vivienda con trastero en Terrassa en 2007, pero la empresa no tuvo ingresos netos suficientes entre 2004 y 2012 para pagar las cuotas de las hipotecas, por lo que el sindicato cree que "se han financiado en parte con ingresos de procedencia supuestamente ilícita".

El sindicato que ejerce la acusación popular alegó que el autoblanqueo existía antes de que fuera incluido en el Código Penal en 2010, desde que la sala segunda del Tribunal Supremo acordó en julio de 2006 que en la práctica "estimaría el concurso de delitos entre el delito previo y el de blanqueo".

Castro: confunden tipo delictivo con interpretación

El juez Castro ha desestimado este miércoles esta alegación y considera que Manos Limpias "confunde lo que es la tipicidad de un delito con la interpretación jurisprudencial que pueda darse a ese precepto" y señala que el Derecho Penal es "de intervención mínima y de interpretación restrictiva" de manera que "lo que no esté expresamente castigado se ha de entender permitido".

Castro indica que el acuerdo del Tribunal Supremo de junio de 2006 es "no jurisdiccional" y carece de carácter vinculante. El magistrado recuerda que si ya había disparidad de criterios antes de ese acuerdo del Supremo, la unificación de las discrepancias "tampoco llegó a ser efectiva" después de que el alto tribunal lo adoptara.

Según Castro, la uniformidad de criterios solo llegó cuando se incluyó la figura del autoblanqueo en el Código Penal el 22 de junio de 2010.

Por otra parte, el juez ha elevado este miércoles a la Audiencia de Palma el recurso de apelación que ha interpuesto Torres contra su rechazo a solicitar varias declaraciones de testigos, entre ellas la del ministro de Justicia y exalcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón.

En el auto dictado, Castro también ha recordado a la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria "el urgente cumplimiento del oficio" solicitando documentación que remitió a dicho organismo el pasado 10 de marzo.

Castro pidió a la dependencia regional de Madrid de la Agencia Tributaria la declaración complementaria suscrita y presentada por Motorpressibérica y las actas de inspección que realizó de dicha sociedad, como había solicitado la defensa de Urdangarin.