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Las novedades impositivas y fiscales: se mantiene la subida del IRPF o el IBI y llega el IVA de caja

  • En 2014 se crea un impuesto medioambiental sobre los gases fluorados
  • Se mantienen las subidas de IRPF, IBI, Sociedades, tabaco o alcohol
  • El IVA de caja permite aplazar el pago del impuesto hasta cobrar la factura

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Imágenes de unas viviendas
Imágen de archivo de unas viviendas.

El 2014 no traerá grandes subidas automáticas de impuestos, pero sí se mantienen algunas de las medidas temporales aprobadas en diciembre de 2011, como la subida del IRPF, del IBI y del Impuesto de Sociedades. Los grandes cambios fiscales afectarán, sobre todo, a pymes y emprendedores, que contarán con una medida estrella: el IVA de caja.

Impuestos

  • El Gobierno prorroga las medidas especiales aprobadas en 2011 y 2012 sobre el Impuesto de Sociedades, cuya vigencia finalizaba en diciembre de 2013. Tales medidas afectan, entre otros, al pago fraccionado mínimo del 12% para entidades con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros,  a la limitación a la compensación de bases imponibles negativas y al  límite a la deducibilidad del fondo de comercio. Y se suprime la deducibilidad de pérdidas por deterioro de los valores  representativos de la participación en el capital o fondos propios de  entidades, cotizadas y no cotizadas. Esta medida es aplicable a todas las empresas.
  • Se crea un nuevo impuesto a la banca para gravar los depósitos con el 0,2 por mil, cantidad que tendrán que abonar las entidades, no los ahorradores.
  • Nace un "tributo sobre gases fluorados de efecto invernadero", que supondrá un impacto para los consumidores de unos 5 euros de media por cada aparato de aire acondicionado que se adquiera y que contenga este gas. Los aparatos principalmente cargados con este gas son electrodomésticos, como aire acondicionado, neveras o congeladores. No obstante, existen algunas exenciones, como es el caso del aire acondicionado de los vehículos.

Novedades fiscales

  • Hacienda también destaca otras novedades tributarias incluidas en la ley de Emprendedores, a modo de rebajas selectivas de impuestos,  como que las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones  de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios que se generen  en períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2013.
  • Además, el Real Decreto regula también la  financiación privada y profesional a través de los business angels, de tal manera que el inversor de proximidad contará con una deducción del 20% para las inversiones que realice en empresas de nueva creación a partir de la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores, con un importe máximo de 50.000 euros anuales. A  su vez, podrán beneficiarse de una deducción del 100% de las ganancias  obtenidas si a su vez invierten dichas ganancias en otras empresas de  reciente o nueva creación.