Enlaces accesibilidad

La juez Alaya pide que se acredite si Chaves, Griñán y cinco exconsejeros son aforados

  • La juez de los ERE da el primer paso para la imputación de los expresidentes
  • También pregunta por cinco exconsejeros de la Junta andaluza

Por
Los expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán y Manuel Chaves.
Los expresidentes de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

La juez Mercedes Alaya, que instruye el sumario del caso de los ERE, ha dado un paso más para la imputación de los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, al pedir al Parlamento andaluz y a Congreso de los Diputados que se acredite el aforamiento de ambos y también de otros cinco exconsejeros, uno diputado socialista en el Congreso y los otros cuatro en la cámara autonómica andaluza, a los que en septiembre pasado comunicó su preimputación en el caso.

En una providencia dictada el pasado 22 de noviembre, la magistrada  Mercedes Alaya libra oficios a las secretarías generales del  Congreso y del Parlamento para que "informen de la condición de  aforados" de Chaves, Griñán y los  exconsejeros andaluces Carmen Martínez Aguayo, Antonio Ávila, José  Antonio Viera, Manuel Recio y Francisco Vallejo.

Chaves ejerció como presidente de la Junta entre 1990 y el  2009; Griñán fue consejero de Economía y presidente de la Junta entre  el 2009 y el 2013; Viera fue consejero de Empleo entre el 2000 y el  2004, y Martínez Aguayo tuvo el cargo de viceconsejera de Economía y  luego titular del departamento entre el 2009 hasta hoy.

Recio fue  consejero de Empleo entre el 2010 y el 2012;  Vallejo titular de Innovación entre el 2004 y el 2009, y Ávila,  consejero de Economía e Innovación desde el 2010 a la actualidad.

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ya dictó un auto el pasado 10 de septiembre en el que apuntaba a estos aforados y calificaba como "conveniente" "abordar la cuestión del aforamiento de determinadas personas (...)  presuntamente relacionadas con los hechos que se investigan" en el caso de los ERE fraudulentos, ya que  existe "carga incriminatoria acerca de presuntos delitos de prevaricación y malversación entre otros".

La Fiscalía recurrió el auto en el que Alaya 'preimputaba' a Chaves,  Griñán y cinco exconsejeros y le pidió que dictara una nueva resolución  judicial en la que concrete los hechos "por los que cada uno de los  aforados puede ser objeto de investigación", pues al no hacerlo "genera  la misma indefensión que pretende evitar".

La juez Alaya podría terminar inhibiéndose

Tras conocer la providencia difundida este jueves, varios abogados personados en la causa han  informado a Europa Press de que el dictado de esta resolución puede  suponer que la juez esté ya pensando en inhibirse y elevar una  exposición razonada de los hechos ante el Tribunal Supremo, que es el que tiene competencias sobre personas aforadas, para que sea quien decida si  realiza "un juicio de imputación o inculpación" a estos responsables autonómicos andaluces.

Otras fuentes del caso señalan en cambio a Efe que esta decisión es un trámite y no significa que la juez vaya a inhibirse de inmediato a favor del tribunal superior correspondiente, ya que aún está sin resolver un recurso de la Fiscalía Anticorrupción ante la Audiencia de Sevilla para que la instructora motive mejor los hechos que les imputa.

La providencia de la juez se produce después de que la Audiencia Provincial de Sevilla, en el auto por el que anuló parcialmente la resolución de 28 de junio en lo relativo a la imputación de la exconsejera de Economía y Hacienda entre 1994 y 2004 y exministra de Fomento Magdalena Alvarez, aprovechara para referirse a la posible participación en los hechos investigados de personas aforadas, advirtiendo de que "podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario antes de elevarse la causa al juez competente en las causas por aforamiento". 

De este modo, la Audiencia analizó la posible participación de aforados en los hechos y admitió que "cabría pensar que poco más queda por instruir salvo oír a los imputados, lo que podría corresponder en su totalidad al tribunal de aforamiento", caso en el que "podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario antes de elevarse la causa al juez competente en las causas por aforamiento".