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Doctrina Parot

Las víctimas denuncian ante la Fiscalía la puesta en libertad de etarras tras el fallo de Estrasburgo

  • Dignidad y Justicia pide su nulidad porque, dice, la Audiencia no es competente
  • Esta asociación señala que es el Tribunal Constitucional el que debería decidir

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El etarra Juan Manuel Piriz López saliendo de la cárcel de Botafuegos en Algeciras.
El etarra Juan Manuel Piriz López saliendo de la cárcel de Botafuegos en Algeciras.

La asociación de víctimas de ETA Dignidad y Justicia ha presentado una denuncia ante la Fiscalía General del Estado en la que piden la nulidad de la puesta en libertad de los etarras Inés del Río y Juan Manuel Piriz dictadas por la Audiencia Nacional tras la sentencia de la doctrina Parot del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condena a España por su aplicación retroactiva.

Dignidad y Justicia reclama que se declaren nulas estas excarcelaciones porque, en su opinión, este tribunal no es el competente para resolver sobre este asunto, señala Efe.

En un escrito presentado este martes ante la Fiscalía General, la organización afirma que los autos de liberación de los etarras dictados por el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia en cumplimiento con la sentencia de Estrasburgo sobre la doctrina Parot son "nulos de pleno derecho".

Esto es porque, según Dignidad y Justicia, corresponde al Tribunal Constitucional, y no a la Audiencia Nacional, "anular excepcionalmente resoluciones judiciales cuando la violación de un derecho fundamental se haya producido en el orden penal", cosa que a su juicio ocurriría con la doctrina Parot declarada ilegal por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Además, pone en cuestión la necesidad de la justicia española de ejecutar inmediatamente las sentencias del TEDH, puesto que afirma que este tribunal es un órgano jurisdiccional internacional pero no supranacional y que sus sentencias solo tienen efectos declarativos y necesitan para ser eficaces "del concurso del derecho y tribunales españoles".

La asociación recoge en su escrito los argumentos que el magistrado de la Audiencia Ángel Hurtado expresó en su voto particular, quien se opuso a que la sentencia se extienda a otros etarras además de Del Río (sobre la que trata la resolución de Estrasburgo).

Pide a la Fiscalía que presente incidentes de nulidad

En el escrito también se critica que el pleno de la Sala de lo Penal haya resuelto liberar a los etarras sin siquiera escuchar el criterio del ministerio fiscal, "lo que supone una quiebra del principio de contradicción con la merma de indefensión que ello conlleva".

Por todo ello, pide a la Fiscalía General del Estado que eleve al Ministerio de Justicia un informe en relación con la imposibilidad legal de cumplimiento de la sentencia de Estrasburgo y que imparta "instrucciones inmediatas" a la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que formule incidentes de nulidad contra los autos de liberación de los dos etarras por falta de competencia.

Así, pide a la Fiscalía que acuerde remitir al Tribunal Constitucional la ejecución de la sentencia de Estrasburgo.

La Audiencia Nacional excarceló a Del Río y a Piriz en virtud a la derogación por Estrasburgo de la doctrina Parot, que extendía el cumplimiento de penas de los etarras hasta el máximo de 30 años al anular sus beneficios penitenciarios, con el argumento de que esta doctrina se aplicó con carácter retroactivo.

Los magistrados de la Audiencia consideraron que la sentencia es aplicable no solo a Inés del Río, sino a otros presos etarras en su misma situación, por lo que el pleno de lo Penal del tribunal irá revisando sus casos uno a uno (hasta ahora 52 etarras han pedido que se les revise la condena).