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El Banco de España fija nuevas reglas para los bancos en la refinanciación de créditos

  • La banca revisará cada seis meses las refinanciaciones con riesgo normal
  • El objetivo es que  la banca utilice las refinanciaciones de forma prudente

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El Banco de España ha aprobado nuevos criterios que deben aplicar las entidades bancarias a partir de ahora cuando refinancien, renoven, renegocien o reestructuren créditos y deudas de sus clientes, según informa la institución.

En una circular remitida este martes, el organismo presidido por Luis María Linde advierte a las entidades bancarias de que esa revisión deberá realizarse antes del próximo 30 de septiembre. A partir de ahí, indica que a este asunto se prestará atención en las inspecciones que realice este año o en eventuales actuaciones que se programen de forma especial con esta finalidad.

La norma persigue que la banca utilice las refinanciaciones de forma prudente y "sin desvirtuar el reconocimiento del deterioro" que suponen ante el riesgo de impago.

En este sentido, ha establecido que las operaciones de reestructuración deben ser clasificadas por las entidades en sus estados financieros como riesgo subestándar, excepto si de dan condiciones que justifiquen su clasificación en como normal o dudoso.

Operaciones con riesgo normal

Para que una operación sea considerada con riesgo normal, la entidad de crédito debe disponer de "evidencia objetiva y verificable que haga totalmente probable la recuperación de todos los importes debidos".

Se considerarán operaciones con riesgo normal aquellas en las que no exista un "dilatado" periodo de carencia, las cuotas mensuales no podrán superar un porcentaje significativo de los ingresos recurrentes en el caso de los particulares y que la adición de nuevos avalistas sea con una "indudable" solvencia o nuevas garantías eficaces.

Toda refinanciación o reestructuración calificada como normal deberá estar sometida a un programa de revisión semestral e individualizado.

Créditos "dudosos"

Tendrán la condición de créditos dudosos las operaciones en las que haya una "acusada debilidad en la capacidad del pago del prestatario", teniendo en cuenta factores como la existencia de garantías eficaces, otorgamiento de carencias o refinanciaciones previas.

Entre los criterios generales que deben seguir las entidades a la hora de abordar una operación de este tipo, el Banco de España especifica que deberán apoyarse en un análisis individualizado de la capacidad de pago del deudor a partir de unos ingresos "recurrentes, suficientes y contrastables".

El esquema de pago debe ser "realista", preferentemente mediante cuotas periódicas coherentes con los ingresos del prestatario, y la entidad ha de dotarse de unas estimaciones del valor de las garantías "suficientemente actualizadas" y "adecuadas a las condiciones del mercado".

Por último, los bancos revisarán periódicamente las refinanciaciones para comprobar su eficacia o chequear si han surgido incidencias.

El envío de la comunicación ha sido acordado este martes por la Comisión Ejecutiva del Banco de España y responde a que la institución ha detectado diferencias en la aplicación de las refinanciaciones que podrían deberse a que las entidades aplican políticas contables diferentes.