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Las empresas cotizadas de gestión de alquileres no pagarán impuestos y se podrá desahuciar en 10 días

  • El Gobierno lleva al Congreso la reforma de la normativa del alquiler
  • Las Socimis, sociedades cotizadas que gestionan alquileres, no tributarán
  • A cambio, deberán repartir el 80% sus beneficios, que tributan al 19%
  • Un desahucio se podrá tramitar en 10 días si el inquilino no paga ni reclama

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Se aprueba un conjunto de medidas que flexibilizará el alquiler de viviendas

El Gobierno ha aprobado este viernes el texto definitivo de la reforma de la normativa sobre alquileres para que ahora se debata en las Cortes, con dos novedades respecto al anteproyecto que avanzó en mayo: por un lado, se quitan los impuestos a las empresas de gestión de alquileres que cotizan en bolsa y, por otro, se concreta la agilización de los desahucios por impagos, que podrán tramitarse en solo 10 días si el inquilino no alega ni paga los atrasos.

El cambio en la tributación de las denominadas Socimi (sociedades anónimas cotizadas del mercado inmobiliario) responde al objetivo del Gobierno de "mejorar la oferta de alquiler" en españa, según ha señalado la ministra de Fomento, Ana Pastor, quien ha recordado que solo el 17% de los españoles residen en viviendas de alquiler, frente a una media del 30% en Europa.

Pastor ha argumentado que las Socimi, una figura creada en 1999, no han tenido éxito: "Solo hay 10 en España", señalando que la legislación actual es demasiado rígida. Por ello, el Gobierno ha decidido apostar por "un modelo más europeo", ha dicho, que incluye eximirles del pago de impuestos.

Condiciones menos exigentes

Aunque la ministra ha argumentado que la contrapartida es que estarán obligadas a distribuir entre el 80% de sus beneficios y que esos beneficios seguirán tributando a través del IRPF que pagan los accionistas (el 19%), la normativa actual ya obligaba a las Socimi a repartir el 90% de sus ganancias.

En cuanto al resto de normas que ahora se relajan, destaca la eliminación de la obligación de diversificar su cartera, ya que hasta ahora debían tener al menos tres inmuebles en activo y que ninguno de ellos aportara más del 40% de sus ingresos, lo que, según el ejemplo que ha puesto la propia ministra, impedía que una sociedad gestionara "un centro comercial".

También se reduce el plazo obligatorio del arrendamiento de siete a tres años y se baja de 15 a cinco millones de euros el capital mínimo que se deberá suscribir para crear una Socimi, todo ello con el objetivo de atraer inversión hacia este tipo de sociedades y que den salida a parte de los inmuebles que ahora no encuentran comprador en España, muchos de ellos en manos de la banca.

Agilización del precidimiento de desahucio exprés

El texto aprobado este viernes también concreta uno de los aspectos más polémicos de la nueva normativa, la posibilidad de llevar a cabo un desahucio en 10 días si el inquilino no paga los atrasos ni presenta ninguna alegación.

Hasta ahora, el inquilino podía paralizar el desahucio en cualquier momento abonando las cantidades que atrasaba al arrendador. Ahora,  si el inquilino no paga ni alega alguna circunstancia, el procedimiento se podrá finiquitar en 10 días desde la admisión de la demanda con solo con un auto judicial, algo que ya contemplaba la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada en octubre pasado [ver artículo 440] por el anterior Gobierno.