El Ministerio de Sanidad ha publicado el martes 24 de abril el Real Decreto-ley 16/2012, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, que detalla qué porcentaje de las medicinas tendrán que pagar los usuarios a partir de ahora en función de su renta.
Las principales novedades: los jubilados pagarán por los fármacos (entre 8 y 18 euros como máximo por mes) y los parados sin prestación no pagarán (ahora abonaban el 40%).
| A partir de ahora | Hasta ahora | |
|---|---|---|
| Trabajadores con una renta inferior a 18.000 euros al año* | 40% | 40% |
| Trabajadores con una renta de entre 18.000 y 100.000 euros al año | 50% | 40% |
| Trabajadores con una renta superior a 100.000 euros | 60% | 40% |
| Jubilados con una pensión contributiva inferior a 18.000 euros al año | 10% con un máximo de 8 euros al mes | 0% |
| Jubilados con una pensión contributiva de entre 18.000 y 100.000 euros al año | 10% con un máximo de 18 euros al mes | 0% |
| Jubilados con una pensión contributiva de más de 100.000 euros al año | 60% con un límite de 60 euros al més | 0% |
| Pensiones no contributivas** | 0% | 0% |
| Parados que no cobren subsidio de desempleo | 0% | 40% |
| Mutualistas y clases pasivas (funcionarios del Estado, Fuerzas Armadas...) | 30% | 30% |
Fuente: Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones y Ministerio de Sanidad.
* Para calcular la renta del usuario (sea trabajador o jubilado) se tendrá en cuenta la cantidad consignada en la casilla de base liquidable general y de ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (IRPF). Los porcentajes de copago son para los trabajadores y jubilados y los beneficiarios que estén con ellos en sus tarjetas sanitarias.
**Estarán también exentos de la aportación las personas que cobren rentas de integración social, los afectados por el síndrome tóxico, las personas con discapacidad "en los supuestos contemplados en su normativa específica" y "los tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional".
Nota: El Real Decreto-ley aclara finalmente que el límite para pagar más o menos por los medicamentos se establece en 18.000 euros de base liquidable general y de ahorro en el IRPF. Fue la primera cantidad que dio la ministra de Sanidad, Ana Mato, tras el consejo interterritorial de salud del 18 de abril en su comparecencia ante los medios. La nota de prensa de ese mismo día no hablaba de ninguna cantidad en concreto pero hablaba de la obligación o no de declarar IRPF. Ese límite está en los 22.000 euros, por lo que toda la prensa informamos de que este sería el límite. Tras el Consejo de Ministros, Mato volvió a hablar de 18.000 euros.

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