Enlaces accesibilidad

Condenado a 35 años por la muerte de su exmujer y el intento de asesinato de quien la auxilió

  • El jurado popular que lo ha juzgado lo ha declarado culpable de varios delitos
  • La pena es inferior a la que solicitaba la Fiscalía y los familiares de la víctima

Por

El ciudadano colombiano declarado culpable del asesinato de Yasmín Rodríguez en mayo de 2009 en Irún (Gipuzkoa) ha sido condenado a penas que suman 35 años de prisión por la muerte de su esposa y el intento de asesinato de un ciudadano que trató de evitar el crimen y resultó gravemente herido.

El acusado había sido declarado culpable de asesinato por el jurado popular que juzgó la causa, que también le encontró responsable de los delitos de coacciones, amenazas, lesiones y uno contra la seguridad del tráfico.

Los hechos sucedieron en Irún (Gipuzkoa) en la noche del 8 al 9 de mayo de 2009, cuando el condenado embistió con su coche el turismo en el que viajaba su esposa y posteriormente la acuchilló, momento en el que Juan Pablo Urtizberea intervino para evitar el asesinato y el acusado le hirió gravemente con una navaja.

La sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa, a la que ha tenido acceso EFE, impone una pena inferior a la que habían solicitado la Fiscalía, la abogada del Estado y la representación de Urtizberea, que habían pedido 45 años de prisión, mientras que hija de Yasmín había demandado 45 años y medio y la letrada de la madre de la víctima 45 años y cuatro meses.

Condenado por varios delitos

Por el asesinato de su esposa, la Audiencia condena al acusado a 18 años y medio, mientras que las heridas infligidas a Urtizberea son constitutivas de un delito de asesinato en grado de tentativa por el que deberá cumplir 10 años de prisión.

Además, la sentencia le condena a dos años y cuatro meses por un delito continuado de coacciones graves, un año y tres meses por amenazas graves y tres años y medio por un delito contra la seguridad vial con lesiones dolosas.

La sentencia considera probado que en la madrugada del 9 de mayo de 2009 el acusado, quien ejercía "un fuerte control sobre la persona y los movimientos de Yasmín", a la que "perseguía y llamaba constantemente para saber dónde y con quién estaba", embistió con su coche en dos ocasiones el vehículo en el que viajaba su mujer, de la que se había separado en 2007, con una amiga.

La víctima bajó del coche y el acusado se dirigió a ella gritando "que la mato", al tiempo que esgrimía un cuchillo de cocina de un filo de 12 centímetros con el que, "con ánimo de causarle la muerte, asestó a Yasmín una puñalada en el cuello".

En ese momento circulaba en sentido contrario, por la Avenida de Letxumborro de Irún, Juan Pablo Urtizberea, quien fue alertado por los gritos de la amiga de Yasmín y observó al acusado "arrodillado y sentado" sobre la víctima.

La sentencia explica que el ciudadano irunés preguntó al agresor "qué hacía" y al no recibir respuesta "le agarró de la cabeza con su antebrazo para separarle de la otra persona, ya que le pareció que la estaba golpeando".

"En ese instante el acusado, con intención de matarle, le asestó una cuchillada en el abdomen con el cuchillo que portaba", lo que causó a Urtizberea "lesiones incompatibles con la vida", aunque no murió gracias a la rápida evacuación al Hospital del Bidasoa que, tal y como recuerda la Audiencia, se encuentra a unos 200 metros del lugar de los hechos.

"Doble alevosía"

En el caso del asesinato de Yasmín Rodríguez, la Audiencia entiende que "ninguna duda puede caber en cuanto a la intención de matar" y explica que, tal y como determinó el jurado, concurre una "alevosía doble, tanto en su modalidad sorpresiva, como por desvalimiento".

A eso se añade la agravante de parentesco, por lo que la Audiencia fija una pena "en la mitad superior que fija la ley para el delito" de asesinato, que puede castigarse con entre 15 y 20 años.

Sin embargo, en el caso del asesinato en grado de tentativa, la sentencia impone al acusado la pena más baja, diez años, ya que "no se ha ofrecido por las acusaciones hechos nuevos, complementarios o distintos que justifiquen una agravación punitiva".