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Las bajas no computarán en la jornada de los controladores, que se reducirá a partir de 2013

  • El árbitro, Manuel Pimentel, presenta el laudo que establece el convenio
  • La jornada aeronáutica será el máximo de 1.670 horas hasta 2012
  • En 2013 se irá reduciendo y se liga el salario a las horas trabajadas

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Los controladores aéreos trabajarán hasta 1.670 horas anuales y cobrarán de media 200.000 euros

Las bajas por enfermedad no computarán en la jornada aeronáutica de los controladores aéreos, que durante 2011 y 2012 trabajarán por convenio el máximo fijado por la ley de 1.670 horas, mientras que en 2013 se reducirán a 1.595 para adecuar progresivamente su tiempo de trabajo a la media europea, a la vez que lo hace su salario.

Así se recoge en el laudo arbitral que fija el segundo convenio colectivo del sector, elaborado durante el último mes por el exministro de Trabajo Manuel Pimentel, quien se hizo cargo del conflicto laboral que enfrentaba a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) y a la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) después de que ambas partes decidieran someterse a su arbitraje en las áreas en las que no había acuerdo a finales de enero.

La inclusión de las bajas por incapacidad laboral, así como de otros conceptos como las imaginarias, las licencias o las horas sindicales, fue la principal reclamación que llevó a los controladores a la huelga salvaje que llevaron a cabo en el pasado puente de la Constitución y de la Inmaculada, a principios de diciembre, que provocó el cierre del espacio aéreo español e impidió volar a casi medio millón de viajeros.

"Como en cualquier empresa, si estás malo, estás malo; y si te pones bueno, te incorporas a tu turno, que tiene un máximo de horas anuales, pero no has consumido tu jornada aeronáutica", ha señalado Pimentel en la presentación del laudo ante los medios de comunicación, en la que ha explicado los principales aspectos del nuevo convenio.

Un salario medio de 200.000 euros

Así, el texto contempla un salario medio de 200.000 euros anuales para los controladores aéreos operativos, respetando el acuerdo sobre la masa salarial al que ambas partes llegaron en agosto del año pasado.

En cuanto a la jornada laboral, el principal punto en desacuerdo, Pimentel ha señalado que los controladores españoles "trabajan más que la media europea, pero ganan también mucho más", por lo que el laudo tiende a reducir el tiempo de trabajo para equipararlo a Europa, aunque siempre vinculando el salario a la jornada y a la productividad: "A menos jornada, menos trabajo", ha recalcado el árbitro.

De este modo, en 2011 y 2012 los controladores aéreos tendrán una jornada aeronáutica establecida en el máximo que establece la ley, 1.670 horas anuales, aunque Pimentel ha asegurado que solo en algunos centros de gran carga de trabajo, como el de Torrejón de Ardoz, los trabajadores se acercarán a ese máximo, ya que en otros no es necesario.

Esa jornada aeronáutica se reducirá a 1.595 horas en 2013 y, a partir de la entrada en vigor el nuevo convenio, los controladores podrán realizar únicamente las 80 horas extraordinarias que marca el Estatuto de los Trabajadores, frente al exceso de horas extraordinarias (mucho mejor pagadas) que se realizaban hasta ahora.

Horas para formación de los trabajadores

Esa jornada aeronáutica se podrá ampliar por requerimientos extraordinarios de formación hasta en 40 horas en 2011, 25 horas en 2012 y 20 horas en 2013, según Pimentel para ofrecer "un colchón" a la empresa en los centros con mayor carga para la recualificación de los trabajadores.

En esas horas de formación se incluirán los cursos de inglés para superar los nuevos requisitos que la ley exige para renovar la licencia de controlador aéreo, tal como reclamaban los trabajadores.

El nuevo convenio estará vigente hasta 2013 y regula también aspectos como la carrera profesional de los controladores aéreos o la creación de una reserva activa para los que superen los 57 años y no superen las revisiones periódicas que deberán superar cada seis meses para permanecer en un puesto no operativo.