Enlaces accesibilidad

La OMC declara ilegales las ayudas de la UE a Airbus y ordena que se retiren

  • El organismo da la razón a EEUU, que interpuso la demanda en 2004
  • España, Alemania y Reino Unido le han concedido miles de millones de euros
  • Recomienda a esos países retirar las subvenciones de inmediato

Por
Un Airbus 380
Un Airbus 380

La Organización Mundial del Comercio (OMC) ha dictaminado este miércoles que las ayudas de miles de millones de euros concedidas por la Unión Europea a la empresa aeronáutica Airbus son ilegales y deben ser retiradas "sin demora".

La Unión Europea y los Estados miembros implicados en estas ayudas pueden apelar este dictamen, por lo que aún habrá que esperar para conocer el resultado definitivo.

El Órgano de Solución de Diferencias de la OMC lo ha decidido así como respuesta a la demanda que EEUU interpuso en 2004 por considerar que dichas ayudas perjudican al gran competidor de Airbus, el fabricante aeronáutico estadounidense Boeing. La OMC ya había adelantado este fallo en sus conclusiones provisionales, entregadas a las partes en septiembre del año pasado.

La aeronáutica estadounidense ha calificado este fallo como "una gran victoria jurídica" en la OMC. Sin embargo, ese mismo organismo internacional debe aún emitir el informe preliminar relativo a las reclamaciones efectuadas por Airbus ante las posibles subvenciones a Boeing por parte del Gobierno de EEUU.

Subvenciones a la exportación

La OMC señala en su informe, publicado este miércoles, que las ayudas dadas a Airbus por Alemania, España y Reino Unido "son subvenciones a la exportación, prohibidas" por las reglas del comercio internacional, por lo que da a los países de la UE un plazo "que no debería superar los 90 días" para "adoptar medidas apropiadas para eliminar los efectos desfavorables o retirar las subvenciones".

La sentencia da la razón a EEUU en algunas de sus reclamaciones, entre las que se incluyen las relativas a ayudas al lanzamiento de varios modelos de aviones, provisiones de infraestructuras, financiación para investigación tecnológica o aportaciones de capital por parte de determinados países.

Así, el documento da la razón a Boeing en sus alegaciones sobre algunas ayudas al lanzamiento del A380 por parte de Alemania, España y Reino Unido, pues son "subvenciones supeditadas de facto a los resultados de exportación previstos, y por lo tanto subvenciones a la exportación prohibidas". Sin embargo, el panel de expertos también matiza que tales concesiones no están supeditadas de jure a los resultados de exportación previstos, alegación que no considera probada.

Dentro de la provisión de infraestructuras y donaciones relacionadas con éstas, la OMC establece diversos casos que pueden ser considerados donaciones específicas, entre los que se encuentran las realizadas para la construcción de instalaciones en las provincias de Sevilla, Toledo y Cádiz.

De igual modo, el informe califica como "subvenciones específicas" determinadas prácticas realizadas durante las transferencias de propiedad de Deutsche Airbus a Daimler Group, en Alemania, y de Dassault Aviation a Aérospatiale, en Francia.

Dentro de las ayudas a investigación y desarrollo tecnológico proporcionadas por la Comisión Europea, la OMC reconoce como subvenciones, diversas aportaciones realizadas por entidades gubernamentales de España, Alemania, Reino Unido y Francia.

Según la OMC, todas las medidas anteriormente expuestas, tenían por efecto "desplazar las importaciones de un producto similar de EEUU" en diversos mercados, como Europa, China, India, Brasil, Corea, México o Singapur. Asimismo, suponen "una significativa pérdida de ventas en el mercado", lo que supone "un perjuicio grave para los intereses de EEUU".

Alegaciones de EE.UU. rechazadas por la OMC

Sin embargo, las conclusiones del panel de expertos rechazaron también diversas alegaciones presentadas por EEUU al considerar que no constituyen subvenciones específicas, como en el caso de la financiación de los programas A350 y el A330-200, o la línea de crédito de 2002 para el A380.

En el ámbito de la provisión de infraestructuras, el órgano internacional avala varias aportaciones realizadas por los Estados implicados, incluyendo la donación otorgada por la Junta de Andalucía a Airbus en El Puerto de Santa María (Cádiz).

Tampoco contradicen la legalidad vigente, según la OMC, la liquidación de la deuda que Deutsche Airbus había contraído con el Gobierno alemán, ni las ayudas de este país y Reino Unido a diversos programas tecnológicos.

A la luz de las constataciones anteriores, la OMC rechaza que las subvenciones tengan por efecto "una significativa subvaloración de precios" del producto subvencionado frente a un producto similar de EEUU, y niega también que se haya "causado daño" a la rama de producción nacional de EEUU.

Aconseja la retirada de las subvenciones

El informe señala en sus conclusiones que Alemania, España, Reino Unido y Francia "han anulado o menoscabado ventajas para EEUU", por lo que "recomienda que el miembro que concede esa subvención la retire sin demora". El grupo de expertos especifica un plazo de 90 días para eliminar los efectos desfavorables o retirar las subvenciones.

Sin embargo, el panel aclara que, en este caso, "no es posible especular sobre las maneras en que podrían aplicarse estas recomendaciones", por lo que "se abstiene de hacer sugerencia alguna respecto a las medidas que podrían adoptarse".

La OMC señala que no corresponde al panel definir cómo implementar sus recomendaciones, sino que éstas deberían ser efectuadas por el Estado miembro que en cada caso concede esta subvención.