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El Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno y suspende el derribo de Cabanyal

  • El Gobierno interpuso un recurso contra el decreto ley de la Generalitat valenciana
  • Según Cultura, menoscaba sus competencias sobre protección del patrimonio 
  • El barrio de El Cabanyal es Bien de Interés Cultural desde 1993

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso que el Gobierno interpuso el pasado día 1 contra el decreto ley del Ejecutivo valenciano que permite el derribo del barrio del Cabanyal (Valencia) y ha acordado suspender la vigencia de la norma impugnada.

En una providencia notificada este jueves, el pleno del Constitucional da además traslado de la demanda del Gobierno al Congreso y al Senado, así como a los presidentes del Ejecutivo y del Parlamento valencianos, "al objeto de que, en el plazo de quince días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes".

En su recurso contra el decreto-ley 1/2010 aprobado por el Gobierno valenciano, el Ejecutivo central asegura que la norma menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico que corresponden al Estado y que no está justificada por la existencia de una "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la Constitución en estos casos.

El Ejecutivo también alegaba que el decreto-ley impugnado convalida una actuación administrativa anterior -el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI)- con carácter retroactivo, por lo que se considera que infringe las exigencias de "seguridad jurídica, interdicción de la arbitrariedad" y proporción exigidos constitucionalmente.

Barrio considerado Bien de Interés Cultural desde 1993

El barrio de El Cabanyal tiene la consideración legal de Bien de Interés Cultural, con la categoría de conjunto histórico, declarado en 1993 por decreto del Gobierno Valenciano.

El Plan Especial de Protección y Reforma Interior perseguía la revitalización de los barrios de El Cabanyal-Canyamelar y establecía la conexión de la Avenida de Blasco Ibáñez con el frente marino de la ciudad de Valencia.

El Ministerio de Cultura consideró el pasado mes de diciembre que el proceso de urbanización que prevé el citado plan no debería realizarse, al entender que constituye un supuesto de expolio del patrimonio histórico español, y requirió la inmediata suspensión de todas las actuaciones relacionadas con él.

Por su parte, la Generalitat aprobó el decreto-ley 1/2010 que se justifica en la competencia que le atribuye su estatuto de autonomía en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico.