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El CGPJ hace una dura crítica a la reforma penal de Bermejo y ve "difícil" justificar la libertad vigilada

  • El Pleno del CGPJ ha dado luz verde definitiva a un informe "muy crítico"
  • La libertad vigilada para agresores sexuales y terroristas colisiona con el tercer grado
  • También sería incompatible con la libertad provisional, según Bravo
  • Hay valoración positiva a la no prescripción de los delitos más graves de terrorismo

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El CGPJ critica la libertad vigilada para los agresores sexuales

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dado luz verde definitiva a un informe "muy crítico" con la última reforma penal proyectada por el ex ministro de Justicia Mariano Fernández  Bermejo para, en el que considera que la libertad vigilada de hasta 20 años prevista para violadores, pederastas y terroristas reincidentes tiene "difícil justificación".

En rueda de prensa tras el Pleno, la portavoz del GCPJ, Gabriela Bravo, ha dicho que aunque la medida de libertad vigilada se aplica en países de nuestro entorno, sería de "muy difícil justificación" en nuestro ordenamiento jurídico, ya que su cumplimiento entra en colisión con las medidas penitenciarias de tercer grado y libertad provisional

Además, ha apuntado que establece un "sistema restrictivo de derechos" al basarse en una responsabilidad dilatada en el tiempo, ya que la libertad vigilada se aplicaría a los delincuentes reincidentes una vez cumplida la pena, lo que tiene difícil encaje constitucional.

Otra de las críticas del informe se refiere al tratamiento previsto para los delitos contra la libertad sexual, la prostitución y la corrupción de menores, en los que se prevé un aumento de las condenas, las cuales según el CGPJ no son acordes con el principio de proporcionalidad.

En concreto, se cuestiona que la violación de un menor de 13 años se castigue con penas de entre 12 y 15 años de prisión y el homicidio de un menor de 13 años, con entre 10 y 15 años de cárcel.

Bravo ha indicado que, aunque los delitos contra la libertad sexual de los menores son muy graves, las condenas previstas, en comparación con las de los delitos contra la vida, no son acordes con el respeto a la proporcionalidad de las penas.

Además, el Poder Judicial propone que los delitos penales se consideren supuestos agravados cuando afecten a menores de 13 años, incluida esa edad.

No prescripción de los delitos de terrorismo

El informe del CGPJ sí informa de forma favorable sobre la "imprescriptibilidad" de los delitos de terrorismo, ya que entiende que, según la doctrina del Tribunal Constitucional, es una opción de política criminal por la que puede optar el legislador. En este punto, no obstante, ha presentado un voto particular la vocal Margarita Uría, nombrada a propuesta del PNV.

El CGPJ también censura la ampliación del plazo de prescripción para delitos contra la Hacienda Pública que se contempla en la reforma del Ejecutivo, ya que considera que no es una medida proporcionada con la entidad de los delitos.

Para la portavoz del Consejo "aumentar el plazo de prescripción perjudicaría al sistema económico de nuestro país porque a las empresas las dejaríamos en un limbo de inseguridad jurídica".