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Ocho años de inhabilitación para el alcalde popular de Portillo, en Toledo

  • Otros cinco concejales son condenados a siete años de inhabilitación
  • Aprobaron un plan de actuación urbanística sin plan de ordenación ni informe previo

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No podrá ocupar un cargo público en una buena temporada. El alcalde de Portillo (Toledo), Luis Gómez Rodríguez (PP), ha sido condenado a ocho años de inhabilitación para ejercer cargo público por un delito de prevaricación urbanística relacionado con la ordenación del territorio. El regidor aprobó por segunda vez un plan de actuación urbanística (PAU) que había sido anulado judicialmente por ilegal.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el juzgado de lo penal número 1 de Toledo también condena a siete años de inhabilitación a otros cinco concejales que formaban parte del equipo de Gobierno de la anterior corporación. Entre ellos el responsable de Urbanismo, Alfonso Hernández Pérez.

En la misma resolución, también se condena a Juana López Gómez, Pablo Jesús Pérez de Arribas, María Paz Muñoz del Castillo y Oscar Alberto Nombela Rioja.

Multa de 3.600 euros

Asimismo, en la sentencia, cuya notificación se ha retrasado por al huelga en Justicia, también se le condena al alcalde, que resultó reelegido en las pasadas elecciones, a la pena de quince meses de multa con una cuota diaria de ocho euros (3.600 euros). Los otros cinco concejales condenados tendrán que pagar una multa de 2.880 euros.

En sus fundamentos jurídicos, el juez de lo Penal hace constar que los hechos juzgados no tienen relación con un posible beneficio económico o de otra índole para los acusados. Añade que es posible que "el único móvil que les guiase fuese el desarrollo de su pueblo y la mejora del bienestar de sus vecinos".

No obstante, señala en su sentencia el juez, la conducta es penalmente reprochable.

El caso arranca el 23 de diciembre de 2003 cuando el pleno de la corporación de Portillo aprueba el PAU-UE 18 con la adjudicación de la ejecución y la aprobación de un convenio urbanístico.

Cinco semanas después, el 29 de enero de 2004, la Junta de Castilla-La Mancha requirió la anulación del acuerdo por ser contrario a la ley.

Sin informe técnico previo

El PAU en cuestión no contaba con un Plan de Ordenación Municipal (POM) ni con el preceptivo informe técnico previo de la entonces consejería de Urbanismo y Vivienda.

La Junta de Comunidades instó a la anulación de dicho acuerdo municipal e interpuso un recurso el 27 de abril de 2004 ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, que anuló dicho PAU.

El fiscal solicitó para el alcalde de Portillo diez años de inhabilitación y ocho para los cinco concejales acusados.

El juez explica que las penas impuestas están próximas al mínimo legalmente previsto por "la escasa repercusión" del acuerdo injusto y ante la ausencia de antecedentes penales de los encausados.