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El Gobierno abre el Fondo Social de Viviendas a nuevos colectivos y amplía en 4.000 el número de inmuebles

  • Incluye como posibles beneficiarios a mayores de 60 años y parejas sin hijos
  • El total de viviendas a disposición del fondo asciende ahora a 9.866
  • Los criterios ya se habían ampliado en mayo del año pasado

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Bloques de viviendas en Madrid

El Fondo Social de Viviendas se ha ampliado en 3.974 inmuebles, que estarán a disposición de personas especialmente afectadas por la crisis, según ha informado el Ministerio de Economía en un comunicado, en el que explica también que se ha decicido incluir nuevos colectivos como posibles beneficiarios, como los mayores de 60 años, los matrimonios o parejas de hecho sin hijos y los deudores no hipotecarios.

El acuerdo de elevar el número de viviendas hasta un total de 9.866 pisos se ha suscrito este lunes entre representantes de Economía, Fomento y Sanidad y de las 29 entidades financieras que aportarán pisos.

Según datos del Gobierno, entre este fondo de viviendas, el código de buenas prácticas sobre desahucios para la banca, la moratoria de lanzamientos (palabra técnica para denominar a los desahucios) y las mejoras en el funcionamiento del mercado hipotecario se ha beneficiado a unas 45.000 familias hasta la fecha.

"Cubrir un mayor número de situaciones"

Con el incremento del número de viviendas y la ampliación de los colectivos que pueden recurrir a él, se quiere cubrir "un mayor número de situaciones" que requieran una respuesta desde todos los organismos y entidades implicadas, según el departamento dirigido por Luis de Guindos.

El Gobierno prevé que al menos el 5% de las viviendas del fondo se destinen a personas desalojadas de su vivienda por impago de préstamos no hipotecarios, siempre que cumplan los demás requisitos.

También se contempla la posibilidad de acuerdos con los ayuntamientos y entidades del Tercer Sector (fundaciones, cooperativas, ONG) y la puesta en marcha de una web con toda la información.

Alquileres reducidos para colectivos concretos

El Fondo Social de Viviendas se creó en enero de 2013 con 5.892 viviendas aportadas por los bancos para dar asistencia a las familias más vulnerables mediante alquileres reducidos (entre 150 y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos de la unidad familiar). Por el momento, el Gobierno ha prorrogado la vigencia de este fondo hasta enero de 2017.

Al fondo de vivienda pueden recurrir aquellas personas que hayan perdido su vivienda habitual después del 1 de enero de 2008 por impago de un préstamo hipotecario, incluyendo aquellas que todavía no hayan sido desalojadas o las que hayan acordado la dación en pago. Además, deben cumplir una serie de requisitos económicos, entre ellos, que el conjunto de los ingresos anuales de la unidad familiar no supere el triple del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples.

En un primer momento, se marcaron otros requisitos de vulnerabilidad que se tendrían en cuenta, como ser familia numerosa; tener menores o algún discapacitado a cargo; que el deudor esté en paro y haya agotado las prestaciones; las víctimas de violencia de género, y todas aquellas personas o unidades familiares vulnerables para las que la vivienda supone -de acuerdo con el informe de los servicios sociales- un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social.

Ampliaciones anteriores del ámbito de cobertura

Pero en mayo de 2014 se acordó ampliar el ámbito de cobertura para dar cabida a un mayor número de familias sin capacidad para afrontar el pago de un alquiler en régimen de mercado.

Con esta modificación se abrió la posibilidad de que las familias se mantuvieran en la vivienda que habitaban aunque la hubieran perdido por una ejecución forzosa y aún después de que hubiera sido adjudicada. También se recogió esta opción para las daciones en pago.

Igualmente, se incluyó a familias con hijos de hasta 18 años (hasta entonces el límite estaba en 3 años); dependientes o discapacitados (se eliminó el mínimo del 33% de discapacidad); prejubilados o jubilados que hubieran avalado con sus viviendas a sus hijos o nietos, y otras personas en situación no tipificada pero que cuenten con el aval de los servicios sociales.